Seguros de Mala Praxis

Seguros de Mala Praxis

Las coberturas de Mala Praxis surgen como el complemento necesario para los Seguros de Responsabilidad Civil.

Esta cobertura resulta fundamental para cubrir a los profesionales (Médicos, Arquitectos, Ingenieros etc.) frente a cualquier daño que pudiese ocasionar por causa de imprudencia, impericia y/o negligencia en el ejercicio de su profesión, poniendo a resguardo el patrimonio personal del profesional ante posibles demandas civiles de terceros derivadas del ejercicio de su actividad.

Estas pólizas cubren los hechos acontecidos en vigencia de la póliza hasta cierto tiempo después (10 años). Pueden suscribirse de manera colectiva o institucional (ej.: clínicas médicas, Prepagas u Obras Sociales) o bien Individual (amparando a Médicos,  Directores médicos, Arquitectos, Ingenieros o Directores de Obra/ Empresa).

Existen dos grandes tipos de cobertura para la Responsabilidad Civil Profesional:

Por Reclamo: Las pólizas con base emreclamo cubren la responsabilidad civil del asegurado por actos ocurridos y reclamados durante la vigencia de la misma o de sus sucesivas renovaciones. La póliza debe encontrarse vigente al momento del reclamo. También habrá cobertura cuando el asegurado haya contratado un período extendido de denuncia de reclamos.

 

Por Ocurrencia: Las pólizas con base ocurrencia cubren la responsabilidad civil del asegurado por actos profesionales ocurridos durante la vigencia de la póliza, independientemente de cuándo se demanden. No es necesario que la póliza se encuentre vigente al momento del reclamo.

 

*COTIZÁ TU SEGURO DE MALA PRAXIS: hacé click en COTIZÁ TU SEGURO, y completá el formulario con los datos que te solicitamos para obtener tu cotización. A la brevedad nos comunicaremos. Los riesgos que necesiten un análisis más complejo, dependerán de los tiempos de las aseguradoras.

 

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Es toda acción realizada por un profesional errada de acuerdo a la opinión de peritos expertos. Hay mala praxis cuando se obra con impericia, imprudencia, negligencia o inobservancia de los deberes.

Según el código civil de la nación, el plazo legal con el que cuenta un damnificado para iniciar un reclamo por responsabilidad civil profesional es de TRES años contados a partir del evento dañoso.

Los fondos solidarios son sistemas mutuales organizados generalmente por corporaciones colegios (ej.: médicos, ingenieros, arquitectos etc.) en los que compulsivamente se adiciona un precio a la matrícula que abona el profesional con el objeto de formar un fondo económico solidario para solventar las eventuales indemnizaciones que deban realizar por juicios con sentencia dictada condenando a los médicos que se encuentran dentro del colegio o círculo profesional.

Para poder contratar este seguro, deberás estar habilitado legalmente para ejercer la profesión y poseer matrícula y/o título habilitante